Por el Colegio de Psicopedagogos de la Pcia. de Bs. As.
Impulsemos la creación del Colegio de Psicopedagogos de la Pcia. de Buenos Aires, necesario para hacer respetar nuestra profesión
viernes, 15 de marzo de 2013
Resolución (M.C. y E.) N° 2.473/84
Competencias del Título de Psicopedagogo
Buenos Aires, 2 de Noviembre de 1984
VISTO el expediente N° 39.709/84 del registro del Ministerio de Educación y Justicia, por
el cual se eleva la propuesta de incumbencias profesionales correspondientes a los títulos
de Psicopedagogo, Licenciado en Psicopedagogía y Profesor en Psicopedagogía, y
CONSIDERANDO:
Que dichos títulos no se encuentran contemplados en la Resolución N° 1.560/80, que
establece normas generales relativas a incumbencias y alcance de los títulos expedidos
por las universidades nacionales.
Que resulta necesario fijar las incumbencias de los títulos no comprendidos en la citada
Resolución, a los efectos de posibilitar el mejor ordenamiento de la actividad
profesional.
Que la propuesta de incumbencias de los títulos en cuestión ha sido elaborada con la
participación de especialistas, representantes de las universidades nacionales,
provinciales y privadas, de la Federación Argentina de Psicopedagogos y de la Asociación
de Psicopedagogos de Capital Federal.
Que los organismos técnicos del Ministerio de Educación y Justicia han dictaminado
favorablemente.
Que conforme a lo establecido por el artículo 6°, inciso g) de la Ley N° 23.068, es
atribución de este Ministerio la fijación y alcance de los títulos y grados y las
incumbencias profesionales de los títulos.
Por ello,
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN Y JUSTICIA
RESUELVE
Artículo 1° - Fijar, para los títulos de Psicopedagogo, Licenciado en Psicopedagogía y
Profesor en Psicopedagogía, las incumbencias que se agregan como Anexo a la presente
resolución.
Artículo 2° - Incorporar al Anexo II de la Resolución N° 1.560/80 las incumbencias
correspondientes a los títulos de Psicopedagogo, Licenciado en Psicopedagogía y profesor
en Psicopedagogía, fijados por la presente resolución.
Artículo 3° - Regístrese, comuníquese y archívese.
ANEXO
INCUMBENCIAS PROFESIONALES DEL TÍTULO DE PSICOPEDAGOGO
Asesorar con respecto a la caracterización del proceso de aprendizaje, sus perturbaciones y/o
anomalías para favorecer las condiciones óptimas del mismo en el ser humano, a lo largo de
todas sus etapas evolutivas en forma individual y grupal, en el ámbito de la educación y de la
salud mental.
Realizar acciones que posibiliten la detección de las perturbaciones y/o anomalías en el
proceso de aprendizaje.
Explorar las características psicoevolutivas del sujeto en situación de aprendizaje.
Participar en la dinámica de las relaciones de la comunidad educativa, a fin de favorecer
procesos de integración y cambio.
Orientar respecto de las adecuaciones metodológicas acordes con las características bio . sico
.
socio . culturales de individuos y grupos.
Realizar procesos de orientación educacional, vocacional . ocupacional en las modalidades
individual y grupal.
Realizar diagnósticos de los aspectos preservados y perturbados comprendidos en el proceso
de aprendizaje, para efectuar pronósticos de evolución.
Implementar sobre la base del diagnóstico, estrategias específicas . tratamiento, orientación,
derivación
. destinadas a promover procesos armónicos de aprendizaje.
Participar en equipos interdisciplinarios responsables de la elaboración, dirección, ejecución
y evaluación de planes, programas y proyectos en las áreas de educación y salud.
INCUMBENCIAS PROFESIONALES DEL TÍTULO DE LICENCIADO EN PSICOPEDAGOGÍA
Asesorar con respecto a la caracterización del proceso de aprendizaje, sus perturbaciones y/o
anomalías para favorecer las condiciones óptimas del mismo en el ser humano, a lo largo de
todas sus etapas evolutivas en forma individual y grupal, en el ámbito de la educación y de la
salud mental.
Realizar acciones que posibiliten la detección de las perturbaciones y/o anomalías en el
proceso de aprendizaje.
Explorar las características psicoevolutivas del sujeto en situación de aprendizaje.
Participar en la dinámica de las relaciones de la comunidad educativa a fin de favorecer
procesos de integración y cambio.
Orientar respecto de las adecuaciones metodológicas acordes con las características bio .
psico
. socio . culturales de individuos y grupos.
Realizar procesos de orientación educacional, vocacional . ocupacional en las modalidades
individual y grupal.
Realizar diagnósticos de los aspectos preservados y perturbados comprometidos en el proceso
de aprendizaje para efectuar pronósticos de evolución.
Implementar sobre la base del diagnóstico, estrategias específicas . tratamiento, orientación,
derivación
. destinadas a promover procesos armónicos de aprendizaje.
Participar en equipos interdisciplinarios responsables de la elaboración, dirección, ejecución
y evaluación de planes, programas y proyectos en las áreas de educación y salud.
Realizar estudios e investigaciones referidos al quehacer educacional y de la salud, en
relación con el proceso de aprendizaje y a los métodos, técnicas y recursos propios de la
investigación psicopedagógica.
INCUMBENCIAS PROFESIONALES DEL TÍTULO DE PROFESOR EN PSICOPEDAGOGÍA.
Ejercicio de la docencia, en el área de su especialidad, en todos los niveles del sistema
educativo.
Suscribirse a:
Comentarios (Atom)
